PLENO 29/04/2024. ¿HAY QUIEN DÉ MÁS? -I-

1º PUNTO. APROBACIÓN SI PROCEDE BORRADOR ACTA PLENO 21/03/2024 Y SU VIDEO-ACTA.

Nos quedamos perplejos, no salimos de nuestro asombro, resulta que un documento tan importante como el de la intervención de la comparecencia del alcalde del anterior pleno de 21/03/2024 donde dijo que lo PARABA TODO, QUE PARALIZABA EL AYUNTAMIENTO, no viene transcrita en el acta.

Recordamos que esta intervención del alcalde viene motivada por la declaración del Juzgado nº5 de Sanlúcar la Mayor donde declara investigado/imputado al anterior alcalde y actual 1º teniente de alcalde, Juan Salado Ríos de S+, por incumplimiento reiterativo de la ley de contrato del sector público y que actualmente se sigue incumpliendo y para no verse afectada su familia y su equipo de gobierno, decide PARARLO TODO. Pues resulta que ese documento no figura literalmente y ni tan siquiera como anexo al acta para ejercer los derechos y actuaciones que procedan, no sólo por los grupos políticos sino también por la ciudadanía.

La portavoz del GIS solicita aclaraciones y que dado que dicha comparecencia no viene transcrita en el acta no aprobarán el acta.

Ante dicha pregunta, el alcalde solicita a la secretaria su opinión, de por qué no se incluye literalmente, ni tan siquiera como anexo, y se remite al video acta. La secretaria, al parecer con experiencia de otros ayuntamientos, dice que cumple las disposiciones legales, ya que dicha intervención está en el propio video acta y que nadie le requirió en ningún momento a la secretaría que constara por escrito en el acta. Entiende el alcalde que cumple por tanto los parámetros establecidos y por tanto se procede a votar y acertadamente a nuestro criterio el GIS vota en contra y suponemos que ejercerá su derecho a que se anexe al acta dicha comparecencia tan inédita como relevante e importante del alcalde Raúl Castilla Gutiérrez.

Ante este hecho hemos acudido a ver las actas anteriores y comprobar si la secretaria en documentos similares NO LOS TRANSCRIBE LITERALMENTE y los remite al video acta y comprobamos que no es cierto, que si transcribe LITERALMENTE EN EL ACTA LOS ASUNTOS QUE SE TRATAN, comprobamos como en el ACTA PLENO 26/02/2024, esta misma secretaria,   en el punto 2º. Propuesta alcaldía declaración institucional por una asistencia hospitalaria adecuada en la comarca del aljarafe y fue leído íntegramente en el pleno, figuran transcritas literalmente, que son 5 páginas, y así en actas posteriores con distintos asuntos y propuestas y leídos en pleno. ¿por qué entonces no se transcribe o anexa un documento tan importante y vital que ha tenido en jaque a los trabajadores/as del ayuntamiento, a los proveedores durante varios días porque no iban a cobrar, porque no se iban a levantar más reparos, a los mayores de la residencia sin poder comprar la comida, a la ciudadanía con la posibilidad de que no habría feria, etc.? Y lo más triste es la manipulación que se ha llevado acabo dándose a entender que la culpa de todo ello era del GIS por haber denunciado que no se le entregaba la documentación de los contratos de suministros y servicios que se estaban fraccionando cuando era alcalde Juan Salado Ríos y que ante esto la FISCALÍA HAYA VISTO PRESUNTOS DELITOS DE PREVARICACIÓN, no solo en Juan Salado Ríos, sino en otros concejales de su gobierno y proveedores, es decir, se quiere echar la culpa a quien ha defendido la legalidad de nuestro ayuntamiento, de nuestro municipio y en definitiva de la ciudadanía. Esto no hay quien lo entienda y menos que haya sido permitido por el actual alcalde que encima ahora aboga por el consenso para que las ilegalidades sean compartidas…

Este asunto, tiene su importancia y viene también a colación, porque raíz de la implantación de las video actas, en nuestro ayuntamiento, entendemos que se viene produciendo aspectos que no son acordes con lo establecido. La Ley es clara, el acta se extenderá por el secretario/a con los datos de los asistentes, fecha, horas inicio y final, los ASUNTOS TRATADOS, el resultado de la votación y los acuerdos adoptados, y el acta se transcribirá al libro de actas.

Resulta que los ruegos y preguntas que se hacen y tampoco las resoluciones/decretos y la respuesta sintetizada del equipo de gobierno NO VIENEN transcritas en el acta y se remiten al video acta, con la dificultad e incomodidad que ello supone, porque ni tan siquiera se puede tener conocimiento si dicha pregunta se hizo en tal o cual pleno. A nuestro entender, sin perjuicio del derecho discrecional que La ley le otorga para extender el acta a la secretaria, como fedatario público, ésta debe reflejar al menos las preguntas que se hacen y la respuesta sucinta a las mismas, dado que son en la mayoría de los casos preguntas de asuntos y hechos relevantes de importante incidencia del propio ayuntamiento, del municipio y por ende de la ciudadanía, y que resulta ser la parte más interesante del pleno, donde los supuestos grupos de la oposición ejercen su fiscalización del equipo de gobierno y todo ello nos está entorpeciendo el derecho de la información a la ciudadanía al no trasncribirse literalmente en las actas, porque como se manifiesta son HECHOS RELEVANTES DE INCIDENCIA DIGNAS DE ESTAR TRANSCRITAS LITERALMENTE EN EL ACTA, sin tener que ir a buscarlas al video acta.

Sin perjuicio de cada secretario/a tiene la discrecionalidad de la llevanza del libro de actas, respetando lo establecido en la ley, hemos de manifestar que la anterior secretaria con tantos años en nuestro ayuntamiento tenía la buena costumbre de incorporar al acta transcritos literalmente todos los convenios, tratados, contratos, declaraciones institucionales y hechos tan relevantes como la intervención del alcalde del pasado 21/03/2024.

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